La noción de principios ha estado rodeada de un fuerte escepticismo en virtud de la ambigüedad de la expresión (con ella se denota normas morales y normas jurídicas). Se han asumido como normas de derecho natural que cumplen únicamente funciones auxiliares, pero el reconocimiento como normas jurídicas prevalentes por parte del constituyente, el legislador y alguna jurisprudencia de las altas cortes, da origen a la posibilidad de vincularlos al Bloque de Constitucionalidad entendido como el conjunto de normas que no están en el texto de la Constitución Política pero que en atención a su naturaleza y funciones deben ser consideradas partes de ella y, en consecuencia, criterios de validez o constitucionalidad. Se demuestra que la más pura tradición positivista es compatible con la noción de principios jurídicos como normas prevalentes y en virtud de su mayor importancia sobre las reglas deben ser considerados criterios de validez y límites al ejercicio del poder. El texto finaliza advirtiendo la necesidad de una línea jurisprudencial en atención a la caótica y contradictoria jurisprudencia sobre el tema.
Universidad de Medellín
Segunda edición
2011
Agotado
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